Trámites · 26 de junio de 2026
Trámites tras un fallecimiento: documentos, plazos y a quién avisar
Tras un fallecimiento, además de la despedida, hay una serie de trámites administrativos que conviene resolver en las semanas siguientes. Muchos de ellos los gestiona la funeraria; otros corresponden a la familia. Esta guía le ayuda a no olvidar nada y a conocer los plazos.
Trámites que gestiona la funeraria
Al contratar el servicio, nosotros nos encargamos de la parte más urgente y técnica:
- Certificado médico de defunción.
- Inscripción del fallecimiento en el Registro Civil (obligatoria en las 24-72 horas siguientes).
- Licencia de enterramiento o incineración.
- Coordinación con el cementerio o crematorio.
¿Necesita ayuda ahora? Estamos disponibles las 24 horas. Llámenos al 910 000 000 y le atenderemos de inmediato.
Trámites que corresponden a la familia
Una vez pasados los primeros días, hay gestiones que debe realizar la familia o los herederos. No hay que hacerlas todas de golpe, pero conviene tenerlas presentes.
Certificado de defunción (Registro Civil)
Es el documento clave para casi todo lo demás. Necesitará varias copias literales. Se solicita en el Registro Civil o por internet, y suele estar disponible unos días después de la inscripción.
Certificado de Últimas Voluntades y de Seguros
Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, puede solicitar el Certificado de Actos de Última Voluntad (indica si la persona hizo testamento y ante qué notario) y el de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento. Son imprescindibles para la herencia.
Pensiones y Seguridad Social
- Baja del fallecido en la Seguridad Social y, si procede, en su mutualidad.
- Solicitud de la pensión de viudedad y/u orfandad, y del auxilio por defunción.
Herencia
La aceptación de la herencia y la liquidación del Impuesto de Sucesiones tienen un plazo de 6 meses (prorrogable). Conviene consultar con un asesor o notario. En la Comunidad de Madrid existen importantes bonificaciones para familiares directos.
Otras gestiones
- Cancelar o modificar cuentas bancarias, suministros (luz, agua, teléfono) y suscripciones.
- Dar de baja el DNI y el pasaporte.
- Gestionar el vehículo, si lo hubiera.
Resumen de plazos clave
| Trámite | Plazo |
|---|---|
| Inscripción en el Registro Civil | 24-72 horas |
| Certificado de Últimas Voluntades | Desde 15 días hábiles |
| Impuesto de Sucesiones | 6 meses (prorrogable) |
No tiene que hacerlo solo
Sabemos que esta lista puede resultar abrumadora. Por eso, además del servicio funerario, le orientamos sobre cada trámite y le indicamos dónde y cómo realizarlo. Si tiene dudas sobre alguna gestión en Móstoles o el sur de Madrid, llámenos: le ayudamos a ponerlo todo en orden.